Áreas de Práctica
Un plan claro protege a quienes usted ama, mantiene las decisiones en sus propias manos y le ahorra a su familia confusión y gastos en el momento más difícil.
Se suele pensar que la planificación patrimonial es solo para personas adineradas o de edad avanzada. En realidad es para cualquiera que tenga una casa, hijos, cuentas de jubilación o simplemente quiera decidir qué ocurre si queda imposibilitado para expresarse. Un plan no trata únicamente de quién hereda qué. Trata de quién toma las decisiones por usted, cuándo y en qué términos.
Un buen plan responde unas cuantas preguntas prácticas antes de que alguien se vea obligado a adivinar las respuestas. ¿Quién administra sus finanzas si una enfermedad o un accidente se lo impide? ¿Quién toma las decisiones médicas y qué tratamiento querría usted realmente? ¿Quién cría a sus hijos menores? ¿Quién liquida sus asuntos y con qué rapidez puede actuar sin permiso de un tribunal?
Sin un plan, la ley de California responde esas preguntas por usted mediante la sucesión intestada y procesos supervisados por un tribunal. El resultado rara vez es el que la familia habría elegido, y casi siempre toma más tiempo y cuesta más. En Glendale Law ayudamos a las familias de Glendale a establecer un plan que se ajuste a sus circunstancias y que funcione cuando haga falta.
La mayoría de los planes se arman con el mismo puñado de documentos, combinados de distintas formas según lo que una familia posee y necesita. Entender qué hace cada uno facilita mucho decidir qué corresponde incluir en su plan.
No toda familia necesita todos los documentos, y la combinación correcta depende de lo que usted posee, cómo está titulado y quién depende de usted. Parte de nuestro trabajo es recomendar un plan completo sin que sea más complicado de lo que su situación requiere.
La pregunta más común que escuchamos es si basta con un testamento o si vale la pena el esfuerzo adicional de un fideicomiso. La respuesta honesta depende de sus circunstancias, pero la diferencia es clara.
Un testamento surte efecto solo al fallecer y debe ser validado por un tribunal mediante el proceso sucesorio. Dispone la distribución de sus bienes y designa un tutor para los hijos menores, algo que un fideicomiso no puede hacer. Es un documento público y el proceso lo supervisa un juez según el calendario del tribunal y no el de su familia.
Un fideicomiso en vida revocable surte efecto en cuanto se firma y se financia. Los bienes titulados a nombre del fideicomiso pasan a sus beneficiarios sin proceso sucesorio, lo que suele significar distribución más rápida, menor costo y privacidad, ya que el fideicomiso no se presenta ante el tribunal. También prevé la incapacidad en vida, permitiendo que su fiduciario sucesor administre los bienes sin un procedimiento de tutela para adultos.
Para muchos propietarios de vivienda en California, el fideicomiso es la opción más práctica, en gran medida porque el valor de los inmuebles en el estado hace que una sola casa suela bastar para requerir el proceso sucesorio. Para familias con bienes modestos y sin propiedades, un testamento bien redactado con beneficiarios correctamente designados puede ser suficiente. Los padres de hijos menores necesitan un testamento en todo caso, porque es allí donde se designa al tutor.
El proceso sucesorio es el procedimiento supervisado por un tribunal para validar un testamento, identificar bienes, pagar deudas y distribuir lo que queda. En California tiene fama de ser lento y costoso. Los casos suelen tomar muchos meses y con frecuencia más de un año, y los honorarios legales del representante personal y del abogado se calculan sobre el valor bruto del patrimonio y no sobre el capital que la familia realmente tiene en él.
Ese cálculo sobre el valor bruto es lo que más sorprende a las familias. Una casa con una hipoteca grande se computa por su valor total para efectos de honorarios, no por el capital que la familia posee. El proceso sucesorio también es público, de modo que el inventario del patrimonio y la identidad de los beneficiarios pasan a formar parte del registro público.
California ofrece procedimientos simplificados para patrimonios pequeños, incluidos trámites por declaración jurada para patrimonios por debajo de un umbral que el estado ajusta con el tiempo, y una vía abreviada para bienes que pasan al cónyuge sobreviviente. Son realmente útiles cuando aplican, pero son limitados, y la mayoría de las familias que poseen una vivienda en esta zona queda muy por encima de esos límites. Un fideicomiso debidamente financiado sigue siendo la forma más confiable de mantener un patrimonio completamente fuera del sistema sucesorio.
Un fideicomiso solo controla los bienes que efectivamente se colocan en él. Ese paso, llamado financiamiento, es donde más fallan los planes hechos por cuenta propia. Hemos visto fideicomisos cuidadosamente redactados que no lograron nada porque la casa nunca se escrituró a su nombre, y el patrimonio terminó igualmente en el proceso sucesorio.
Las designaciones de beneficiario merecen especial cuidado, porque prevalecen sobre lo que diga su testamento o su fideicomiso. Una designación antigua a favor de un excónyuge o de un familiar fallecido puede echar por tierra un plan por lo demás excelente. Las revisamos como parte del proceso en lugar de dejarlo al azar.
La parte de la planificación patrimonial para la que las familias están menos preparadas es la incapacidad. Un derrame cerebral, un accidente o un deterioro cognitivo pueden dejar a alguien con vida pero sin poder firmar documentos, manejar cuentas ni dirigir su propia atención médica. Sin la documentación adecuada ya establecida, la única opción es un procedimiento judicial.
Una tutela para adultos requiere una petición, audiencias, una investigación, informes continuos y supervisión permanente del tribunal. Es costosa, pública y emocionalmente difícil para una familia que ya enfrenta una crisis de salud. Muy a menudo puede evitarse por completo con un poder notarial duradero, una directiva anticipada de atención médica y un fideicomiso bien redactado que designe un fiduciario sucesor.
Estos documentos también evitan que su familia tenga que adivinar. Cuando usted ha dejado constancia de quién debe decidir y qué querría, las personas que lo quieren se liberan de la carga de tomar esas decisiones a ciegas y de discrepar entre ellas al respecto.
Los formularios estándar suponen una familia estándar. Las familias reales son más diversas, y los detalles influyen enormemente en cómo funciona un plan.
Estas situaciones son precisamente donde una redacción cuidadosa demuestra su valor. La meta es un plan que refleje a su familia real y no una suposición genérica sobre ella.
Nuestro trabajo no termina con la firma. Cuando alguien fallece, las personas designadas siguen teniendo obligaciones que cumplir, y la mayoría nunca lo ha hecho antes. Guiamos a fiduciarios sucesores y albaceas a través de lo que exige la ley.
Un fiduciario sucesor tiene deberes legales reales: notificar a beneficiarios y herederos dentro del plazo que marca la ley, inventariar y valorar los bienes, administrar y proteger la propiedad del fideicomiso, atender deudas, impuestos y declaraciones finales, llevar contabilidades adecuadas y distribuir conforme a los términos del fideicomiso. Los errores pueden generar responsabilidad personal, incluso cuando se cometen de buena fe.
Cuando el proceso sucesorio es inevitable, ya sea porque no hubo fideicomiso o porque quedaron bienes fuera de él, nos encargamos de la petición, las notificaciones y publicaciones, el inventario y avalúo, los reclamos de acreedores y la distribución final. Y cuando surgen disputas sobre un fideicomiso o un testamento, nuestra experiencia en litigios nos permite atenderlas sin que la familia tenga que acudir a otra firma.
Un plan patrimonial refleja su vida en el momento en que lo firma. Las vidas cambian. Un plan que nunca se revisa puede volverse tan problemático como no tener ninguno, sobre todo cuando designa a personas que ya no son la elección correcta.
Recomendamos revisar su plan después de cualquier cambio importante: un matrimonio o divorcio, un nacimiento o adopción, un fallecimiento en la familia, la compra o venta de un inmueble, iniciar o vender un negocio, mudarse a California o fuera del estado, un cambio sustancial en sus bienes, o un cambio en su relación con un fiduciario, apoderado o tutor designado. Si nada de eso ocurre, una revisión cada pocos años es sensata, porque la propia ley cambia con el tiempo.
Las actualizaciones suelen ser sencillas. Un fideicomiso revocable puede enmendarse, un testamento puede modificarse mediante codicilo o reemplazarse, y las designaciones de beneficiario pueden actualizarse. Lo importante es que el plan avance al ritmo de sus circunstancias y no quede obsoleto en un cajón.
Sí. Un plan tiene tanto que ver con la toma de decisiones como con los bienes. Los poderes notariales, las directivas de atención médica y la designación de un tutor para los hijos menores importan sin importar el patrimonio, y son los documentos que más lamentan no tener las familias.
Puede hacerlo, y California reconoce ciertos testamentos escritos a mano, pero los riesgos son reales. Los requisitos de firma, el lenguaje ambiguo, los fideicomisos sin financiar y las designaciones de beneficiario desactualizadas son las causas más comunes de que fallen los planes caseros, y la falla se descubre cuando ya es tarde para corregirla.
Para la mayoría de las familias, unas semanas. Comenzamos con una conversación sobre sus circunstancias y objetivos, preparamos borradores para su revisión, firmamos con las formalidades requeridas y luego completamos los pasos de financiamiento para que el plan quede plenamente operativo.
Su patrimonio se transmite conforme a las reglas de sucesión intestada de California, que distribuyen los bienes entre los parientes en un orden fijo y toman en cuenta si la propiedad es comunitaria o separada. Un tribunal nombra al administrador y, cuando hay hijos menores, decide la tutela. El resultado con frecuencia no es el que la familia esperaba.
La parte más difícil de la planificación patrimonial es comenzar. Una vez que lo hacen, la mayoría de los clientes describe un alivio real al saber que su familia no quedará en la incertidumbre durante una crisis. No necesita llegar con las decisiones tomadas. Basta con una idea general de lo que posee, quién depende de usted y en quién confía para tener una conversación productiva.
Le explicaremos las opciones en lenguaje claro, recomendaremos una estructura acorde con su situación y nos aseguraremos de que el plan no solo quede redactado, sino debidamente financiado y listo para funcionar. Comuníquese con Glendale Law para programar una consulta y dar el primer paso para proteger a quienes más le importan.
Permita que nuestro equipo con experiencia en Glendale establezca un plan que mantenga las decisiones en sus manos y a su familia fuera de los tribunales.
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